NFORMACIÓN IMPORTANTE:

El fondo de Inversión Advent adquirió 80 clínicas Dentix en toda España para continuar así con la actividad y los tratamentos pendientes. Para conocer en detalle las condiciones de esta compra y  sus efectos en los pacientes. es importante que consulte periodicamente la páxina web del Administrador Concursal o llame al  teléfono 900.835.010 para conocer cuales son las clínicas que abrirán y las posibilidades de seguir los tratamentos en ellas.

En este enlace puede usted acceder a la página del Administrador Concursal.

Si usted quiere consultar el listado de clínicas abiertas, pinche aqui.

 

 

 CONSEJOS O RECOMENDACIONES que deben tenerse en cuenta si usted es una de las personas afectadas o considera que puede verse afectado :

RECOMENDACIÓN 1.- RECOPILACIÓN DE INFORMACIÓN 

Lo primero que debe realizar es buscar toda la documentación y justificantes, tanto de la contratación como del posible incumplimiento del contratado como puede ser:

  • CONTRATO suscrito con la clínica dental.
  • PRESUPUESTO desglosado del tratamiento contratado.
  • FACTURAS y sus justificantes de pago.
  • HISTORIAL CLÍNICO reciente, en el que se ponga de manifiesto la parte del tratamiento que fue realizada y la parte que queda aun  por llevar a cabo.
  • PRUEBAS DIAGNÓSTICAS tales como radiografías, análisis, informes médicos...
  • PUBLICIDADY y folletos anunciando el tratamiento.
  • RESTO de documentación de la que disponga ( justificantes de citas, mensajes de la clínica,... )

            En el caso de existir un CRÉDITO VINCULADO para la financiación del tratamiento:

  • CONTRATO de crédito vinculado al tratamiento..
  • CERTIFICACIÓN bancaria de las cantidades abonadas del crédito.
  • RESTO de documentación de la que disponga (publicidad, ofertas, etc)

MUY IMPORTANTE.-  Si usted decide continuar el tratamiento en otra clínica  es fundamental que previamente,  una persona dentista colegiada, emita un informe de valoración de lo que falta por realizar, respeto del presupuestado originalmente.

 

 

RECOMENDACIÓN 2.- INFORMACIÓN GENERAL SOBRE LA DECLARACIÓN DE CONCURSO DE ACREEDORES DE DENTIX

El 3 de diciembre de 2020 se publicó en el BOE un Edicto del juzgado del mercantil nº 2 de Madrid en relación al concurso de acreedores de Dentix.

Pinchando aqui puede consultarse el texto íntegro de dicho edicto.

 

a.- Respecto a este Edicto lo más salientable del mismo es:

- Hasta el  4 de enero de 2021 inclusive,  los acreedores comunicarán sus créditos al administrador concursal.

- La identificación del administrador concursal es:

ACCOUNT CONTROLIUS & AEQUITAS ADMINISTRADORES CONCURSALES SLP.

Av.Alberto Alcocer 24,4ª planta.

CP 28036 de Madrid

correo electrónico dentix.concursal@iusaequitas.net

 

- Los acreedores, a su elección, podrán efectuar la comunicación de créditos en cualquiera de las dos direcciones.

Puede usted acceder pinchando aqui, al  Registro Público Concursal, donde se publicarán las resoluciones  derivadas del concurso . 

 

 

b-. Contenido de la comunicación de créditos al administrador concursal.

De acuerdo con el establecido artículo 256 de la normativa concursal (art. 256 y 257 del RD Lex. 1/2020, de 5 de mayo , por lo que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal), la comunicación expresará:

- Nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor.

- Los datos identificativos relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencemento, características y clasificación que se pretenda.

- Si se invocara un privilegio especial, se indicarán, además, los bienes o derechos de la masa activa  a la que afecte y, en su caso, los datos registrales.

- En la comunicación, el acreedor señalará una dirección postal o electrónica  para que la administración concursal realice cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Las comunicaciones de la administración concursal a la dirección señalada por el acreedor producirán plenos efectos.

- A la comunicación se acompañará copia del título o de los documentos relativos al crédito. En el  caso de que el acreedor opte por realizar la comunicación del crédito por medio electrónico, la copia se remitirá por el mismo medio.

- La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se se dirigirá a la administración concursal.

Salvo que los títulos o documentos figuren inscritos en un registro público, la administración concursal podrá solicitar los originales o copias autorizadas de los títulos o documentos aportados, así como cualquier otra justificación que considere necesaria para el reconocimiento de él crédito.

Pinchando aqui puede usted consultar de manera períodica el estado actual del concurso de acreedores.

 

RECOMENDACIÓN 3.- PUEDO HACER UNA RECLAMACIÓN?

Como a día de hoy se desconoce cual va a ser la evolución que seguirá al concurso de acreedores, con independencia de la comunicación que, en su caso haga al administrador concursal tal como se indica en la RECOMENDACIÓN 2, usted puede presentar otras reclamaciones en función de la distinta situación en la que se encuentre (pago completo del tratamiento, pago aplazado con Dentix del tratamiento, crédito vinculado para la financiación del tratamiento).

En la siguiente RECOMENDACIÓN  3 se presentan diversas propuestas de actuación en función de la distinta situación en la que se puede encontrar.

Es importante señalar que tanto la información como los modelos incluidos son propuestas generales que deberán adaptarse a la situación particular de cada caso.

También es importante destacar que en las reclamaciones que se formulen deberá exponerse claramente el objeto de la reclamación y lo que se pide.

Es muy importante que le quede constancia de la presentación de la reclamación.

 

RECOMENDACIÓN 4.- RECLAMACIONES EN FUNCIÓN DE LA DISTINTA SITUACIÓN EN LA QUE SE ENCUENTRE.

A continuación se exponen una serie de situaciones en las que cada persona puede encontrarse por lo que es muy importante que antes de presentar cualquier reclamación usted tenga claro en que situación se encuentra:

- Supuesto de personas que pagaron por adelantado la totalidad del tratamiento a Dentix y no lo finalizaron.

- Supuesto de personas que pagaron parte del tratamiento a Dentix y no lo finalizaron y el resto del tratamiento lo están pagando a plazos a Dentix.

- Susposto de personas que obtuvieron una financiación para el tratamiento y no se finalizó.

Es importante destacar que estas reclamaciones lo son con independencia de la comunicación que, en su caso, haga al administrador concursal tal como se indica en la RECOMENDACIÓN 2.

 

SUPUESTO DE PERSONAS QUE PAGARON POR ADELANTADO LA TOTALIDAD DEL TRATAMIENTO A DENTIX Y NO FINALIZARON El TRATAMIENTO.

En este supuesto es imprescindible presentar un escrito poniendo de manifiesto a situación tanto a Dentix como al administrador concursal.

- Reclamación a Dentix.

La reclamación a Dentix puede remitirse a las siguientes direcciones:

Dentoestétic Centro de Salud y Estética Dental, SL (Dentix)

Av. Ribera de él Loira, 56-58, 2ª planta

28042 Madrid

Email: info@dentix.es

Para esta reclamación puede utilizarse el siguiente modelo (modelo 1A).

- Reclamación al administrador Concursal.

Además de la reclamación a Dentix el afectado debe dirigirse al administrador concursal ACCOUNT CONTROLIUS&AEQUITAS ADMINISTRADORES CONCURSALES SLP, exponiendo la situación.

Los datos del administrador concursal para poder dirigirse a la persona afectada son:

Av.Alberto Alcocer 24,4ª planta,

28036 de Madrid,

Teléfono 915 914 291 fax914 465 321,

correo electrónico dentix.concursal@iusaequitas.net

Para lo anterior puede utilizarse el siguiente modelo (modelo 1B).

ES importante destacar que estas reclamaciones lo son con independencia de la comunicación que, en su caso, haga al administrador concursal tal como se indica en la RECOMENDACIÓN 2.

 

- SUPUESTO DE PERSONAS QUE PAGARON PARTE DEL TRATAMIENTO A DENTIX Y NO LO FINALIZARON Y EL RESTO DEL TRATAMIENTO LO ESTAN PAGANDO A PLAZOS A DENTIX.

En este supuesto es imprescindible presentar un escrito poniendo de manifiesto la situación a Dentix y al administrador concursal, indicando de forma expresa la improcedencia de exigir el pago de servicios no prestados.

- Reclamación a Dentix.

La reclamación a Dentix puede remitirse a las siguientes direcciones:

Dentoestétic Centro de Salud y Estética Dental, SL (Dentix)

Av. Ribera de él Loira, 56-58, 2ª planta

28042 Madrid

Email: info@dentix.es

Para esta reclamación puede utilizarse el siguiente modelo (modelo 2A).

- Reclamación al administrador Concursal.

Además de la reclamación a Dentix el afectado debe dirigirse al administrador concursal ACCOUNT CONTROLIUS & AEQUITAS ADMINISTRADORES CONCURSALES SLP, exponiendo la situación.

Los datos del administrador concursal para poder dirigirse a la persona afectada son:

Av.Alberto Alcocer 24,4ª planta,

28036 de Madrid,

Teléfono 915 914 291 fax 914 465 321,

Email: dentix.concursal@iusaequitas.net

Para lo anterior puede utilizarse el siguiente modelo (modelo 2B).

Es importante destacar que estas reclamaciones lo son con independencia de la comunicación que, en su caso, haga al administrador concursal tal como se indica en la RECOMENDACIÓN 2.

 

SUSPOSTO DE PERSONAS QUE OBTUVIERON UNA FINANCIACIÓN PARA El TRATAMIENTO Y NO SE FINALIZÓ DICHO TRATAMIENTO.

En este supuesto es imprescindible presentar un escrito a Dentix y al administrador concursal, poniendo de manifiesto de forma expresa la situación existente y la improcedencia de exigir el pago de servicios no prestados

Con posterioridad a persona afectada debe dirigirse la entidad financiera, y al igual que antes, pondrá de manifiesto de forma expresa la situación existente y la improcedencia de exigir el pago de servicios no prestados

- Reclamación a Dentix.

La reclamación a Dentix puede remitirse a las siguientes direcciones:

Dentoestétic Centro de Salud y Estética Dental, SL (Dentix)

Av. Ribera de él Loira, 56-58, 2ª planta

28042 Madrid

Email: info@dentix.es

Para esta reclamación puede utilizarse el siguiente modelo (modelo 3A).

- Reclamación al administrador Concursal.

Además de la reclamación Dentix el afectado debe dirigirse al administrador concursal ACCOUNT CONTROLIUS & AEQUITAS ADMINISTRADORES CONCURSALES SLP, exponiendo la situación.

Los datos del administrador concursal para poder dirigirse la persona afectada son:

Av.Alberto Alcocer 24,4ª planta,

28036 de Madrid,

teléfono 915 914 291 fax 914 465 321,

Email:  dentix.concursal@iusaequitas.net

Para lo anterior puede utilizarse el siguiente modelo (modelo 3B).

Es importante destacar que estas reclamaciones lo son con independencia de la comunicación que, en su caso, haga al administrador concursal tal como se indica en la RECOMENDACIÓN 2.

- Reclamación a la entidad financiera.

Esta reclamación debe hacerse con posterioridad a las reclamaciones hechas a Dentix y al administrador consursal y juntar estas reclamaciones con toda la documentación de que se disponga a la entidad financiera.

Para la presentación de esta reclamación, además de poder dirigirla a la dirección postal de cada entidad financiera puede remitirse al correo electrónico de que disponga o usar las hojas de reclamación de Consumo que deben tener todos los establecimientos abiertos al público.

En este último caso es muy importante que por el personal del establecimiento le selle y firme la hoja con el fin de tener constancia de su presentación.

También puede presentar esta reclamación ante los servicios de atención al cliente de las entidades financieras.

La información de todos los servicios de atención de las entidades financieras pueden consulatarse en la página web del Banco de España pinchando aqui

 

Si la entidad financiera no contestara a la reclamación o la contestación que le proporciona no  la considera acomodada puede presentar una reclamación contra dicha entidad ante el Servicio de Reclamaciones del Banco de España tal como se expone en este enlace.

 

Para la presentación de la reclamación a la entidad financiera podrá utilizarse este modelo (modelo 3C)

 

RECOMENDACIÓN 5- PRESENTACIÓN DE LA RECLAMACIÓN ANTE El INSTITUTO GALLEGO DEL CONSUMO Y DE LA COMPETENCIA.

Con independencia de la comunicación que, en su caso, haga al administrador concursal tal como se indica en la RECOMENDACIÓN 2, una vez realizadas las reclamaciones anteriores podrá presentar una reclamación al Instituto Gallego del Consumo y de la Competencia.

En la reclamación que se dirija al IGCC deberá adjuntar las reclamaciones presentadas ante la empresa, el administrador concursal  y de ser el caso, la entidad financiera junto con la documentación de que disponga.

Para la presentación de la reclamación al IGCC podrá utilizar el asistente de reclamaciones que hay en la página web del instituto (pinchando aqui) o ven a través de la sede electrónica de la Xunta de Galicia, código de procedimiento CON El401 ( pinchandoaqui).

 

 

PUEDE OBTENER MÁS INFORMACIÓN EN NUESTRO TELÉFONO DE CONSULTA GRATUITO 900 23 11 23 

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