Principales pasos para reclamar a una compañía aseguradora en el caso de un siniestro:

1. COMUNICACIÓN DEL SINIESTRO A LA ASEGURADORA 

Con carácter general, en el plazo máximo de 7 días, deberá comunicarse el siniestro a la aseguradora. 
Es importante consultar la póliza, porque en ella puede fijarse un plazo más amplio. 

El ASEGURADOR, una vez finalizada la investigación y peritaje oportunas para establecer la existencia del siniestro, así como el importe de los daños, deberá satisfacer la indemnización correspondiente. La compañía aseguradora queda obligada a realizar el pago del importe mínimo que pueda deber, dentro de los 40 días siguientes, a contar desde la recepción de la declaración de siniestro. 

Para la CONTRATACIÓN de un seguro puedes solicitar a cualquier compañía aseguradora que te faciliten una proposición de seguro, sin quedar vinculado por la misma. Dicha proposición deberá mantenerse, por lo menos, durante 15 días.

Seguros de personas

Son aquellos contratos que tienen como finalidad asegurar a la persona. En este caso, se protege la persona asegurada contra un posible riesgo que te afecte directamente, como puede ser fallecimiento, supervivencia, alteración de la salud, etc. 

Una vez comuniques el siniestro a tu compañía, dentro del plazo máximo de 7 días a contar desde que tengas conocimiento de los hechos (salvo que el contrato estableciera otro plazo), dispondrás de 5 días para comunicar por escrito a la aseguradora la relación de los objetos existentes al tiempo del siniestro y la estimación de los daños.

ASEGURADOR/A: Persona jurídica, válidamente constituida, que se dedica a asumir riesgos ajenos en cumplimiento de una relación contractual, a cambio de una prima.

BENEFICIARIO/A: Es la persona que recibe la prestación del seguro contratado, y que así viene designada en el contrato. Este puede coincidir con la propia persona asegurada o ser una tercera persona distinta. 

A la hora de contratar un seguro, que recoja entre sus prestaciones la asistencia jurídica, debes atender la limitación del importe asociado a esta garantía. 

Es aquella contratación a través de la cual le das cobertura a unos posibles ricos, transfiriéndolos a una aseguradora que se encarga de garantizar o indemnizar todo o parte del perjuicio producido por determinadas situaciones accidentales.