Sí, en los productos de naturaleza duradera, tenemos derecho a un adecuado servicio técnico y a la existencia de repuestos durante el plazo mínimo de cinco años a partir de la fecha en que él producto deje de fabricarse.
Sí, en los productos de naturaleza duradera, tenemos derecho a un adecuado servicio técnico y a la existencia de repuestos durante el plazo mínimo de cinco años a partir de la fecha en que él producto deje de fabricarse.
No, responde siempre el vendedor del producto.
No obstante, cuando resulte imposible o suponga una carga excesiva dirigirse frente al vendedor, por ejemplo que cerró el establecimiento ,se podrá reclamar directamente al productor con el fin de obtener el relevo o reparación del producto.
Conserva siempre tus justificantes de compra, recibos y albaranes de entrega en los que conste la fecha de entrega del producto.
Cuando compras en una tienda y llevas el producto, el período de garantía comienza a correr desde esa fecha.
Si, en cambio, pagas el producto pero te lo entregan en fecha posterior, el período comienza a correr el día de la entrega.
El plazo es de dos años desde la entrega. Pero en los productos de segunda mano, podemos pactar un plazo menor con el vendedor, que no podrá ser inferior a un año desde la entrega.