En caso de producirse la denegación del embarque, por ejemplo por overbooking, la compañía deberá preguntar por voluntarios pero, si finalmente no hay los suficientes y se deniega el embarque contra la voluntad del pasajero, los derechos que le asisten son:
- Derecho a la información: la compañía deberá entregar un impreso con las condiciones de asistencia y compensación.
- Derecho a la asistencia: la compañía aérea deberá proporcionar comida, bebida, dos llamadas telefónicas o acceso al correo electrónico y, si es necesario, alojamiento y transporte.
- Derecho al reembolso o a un transporte alternativo.
- Derecho a ser compensado: la compensación dependerá de la distancia del vuelo.