Data da norma:
04/08/16
Data da publicación:
25/08/16
El Instituto Gallego de Consumo y el Consejo Gallego de la Competencia quedan integrados dentro del Instituto Gallego del Consumo y de la Competencia que, de acuerdo con el establecido en el apartado 2 del artículo 38 de la Ley 14/2013, de 26 de diciembre, de racionalización del sector público autonómico, asumirá los medios personales y materiales y las competencias que en la actualidad corresponden al Instituto Gallego de Consumo y al Consejo Gallego de la Competencia, que se suprimirán en el momento de su entrada en funcionamiento, sin que suponga incremento de gasto público
Temática:
Otros
Departamento:
IGC