• Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por él que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.
  • Ley 24/2013, de 26 de diciembre, de él Sector Eléctrico.

Presta atención a las características del comprado regulado y del comprado libre y se tienes dudas, te asesora.

Comprueba el ahorro que puede suponer contratar una TARIFA DE DISCRIMINACIÓN HORARIA, tengas o no calefacción eléctrica o término de agua caliente.

Arbitraje Consumo

Cuando tengas un problema relativo al tuyo suministro de luz, podrás dirigirte a tu comercializadora, la cuyos efectos a compañía ven obligada la por tu disposición una dirección postal, un servicio de atención telefónica con un número gratuito, un número de fax lo una dirección de correo electrónica a la que te puedas dirigir directamente.

El autoconsumo se define como el consumo de energía eléctrica te provine de instalaciones de generación conectadas en el interior de la red de un consumidor o a través de una línea directa de energía eléctrica asociadas a un consumidor, distinguiéndose varias modalidades de autoconsumo.

Son causa de resolución de los contratos de suministro y de accesos a las redes, la interrupción del suministro POR IMPAGO o por cualquiera otra causas prevista durante más de dos meses desde la data de la suspensión. Asimismo, se solicitas la formalización de un nuevo contrato, esto implicará la resolución automática del anterior contrato.

Lectura contador digital

Derechos y deberes de los consumidores

Mercados

Se has contratado menos de 10 kw de potencia, podrás optar entre dos mercados en los que contratar la electricidad para tu hogar: mercado libre o mercado regulado.

Todos los consumidores tenemos derecho de acceso y conexión a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica en el territorio español así como a elegir libremente la comercializadora que desees.